Así lo dispone una orden del Ministerio de Trabajo publicada el día 22 de septiembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE), según la cual los autónomos podrán pedir a la Seguridad Social un cambio en sus bases de cotización antes del 1 de mayo para que tenga efectos a partir del 1 de julio y antes del 1 de noviembre en caso de iniciar los efectos el 1 de enero. Hasta ahora, estos plazos eran antes del 1 de abril y del 1 de octubre.