COMUNICADOS

09/07/2010

La nueva Ley contra la Morosidad, ya en vigor

Este miércoles 7 de julio ha entrado en vigor la reforma de la Ley de Medidas de Lucha contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales. La nueva normativa fija un plazo máximo de 60 días para los pagos de empresas a sus proveedores, y de 30 días en el caso de las administraciones públicas. No se permite negociar la posibilidad de establecer plazos más amplios, ya que se elimina la cláusula de "salvo pacto entre las partes". Se ha decidido un periodo transitorio de aplicación hasta el 1 de enero de 2013, en el que ya serán plenamente vigentes los plazos, así como algunas singularidades sectoriales.

Los productos frescos, por ejemplo, tendrán un plazo más corto (30 días), y las empresas con contratos vigentes de obra pública podrán pagar en un máximo de 120 días hasta el cierre del 2011, a 90 días durante el 2012, y a 60 días generales a partir de 2013. Para el resto de empresas, los plazos de pago son de 85, 75 y 60 días en los mismos años. Y para la Administración, son de 55 días este año, 50 el próximo, 40 en 2012 y 30 en el 2013. Esta medida se ha aceptado también pensando en los ayuntamientos, ya que muchos municipios tienen una deuda elevada y si tuvieran que pagarla demasiado rápido a las empresas tendrían graves problemas. Por ello también se ha forzado la inclusión en la reforma de la creación de una línea del ICO para que los ayuntamientos puedan adaptarse a los nuevos plazos.

Otros aspectos
Más allá del plazo de cobro, la nueva Ley introduce aspectos importantes como su cómputo desde la entrega de la mercancía o desde la prestación del servicio y no desde la fecha de factura, como ocurría hasta ahora. La Ley prevé mecanismos de verificación y cumplimiento, como la futura inclusión de los plazos medios de pago en las memorias auditadas de empresas, la aplicación del régimen sancionador de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista (con sanciones de hasta 500.000 €), así como el papel de las organizaciones empresariales para invalidar cláusulas abusivas e ilegales.

La Plataforma reitera su vocación de seguir muy de cerca la aplicación de la Ley y velar por su estricto cumplimiento. En este sentido, recuerda que el futuro Reglamento debería dar forma a un eventual Observatorio sobre Plazos de Pago, y concretar a su vez algunos puntos de la Ley, como la definición de la indemnización por costes de cobro.

La ley se ha publicado el 6 de julio en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Etiquetas: Morosidad, Ley
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