Las patronales y los sindicatos han firmado el II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (ANC) 2012-2014. Este Acuerdo contiene medidas en cuanto a incremento de sueldos, estructura de la negociación colectiva, flexibilidad interna y desvinculación de los convenios.
Como cuestiones positivas para las pymes, se pueden señalar las siguientes:
Hay que tener presente que el ANC 2012-2014 no es vinculante, sino que establece recomendaciones que deberán concretar, en su caso, en cada negociación, tanto de convenios sectoriales como de convenios de empresa o pactos y acuerdos de empresa.
En conclusión, si bien se ha logrado pactar el hecho de ligar salarios a productividad, es un acuerdo insuficiente y de mínimos para las necesidades de la situación actual y de las pymes. Además, el empresario deberá negociar todas estas cuestiones con los trabajadores.
Recomendaciones del ANC 2012-2014 en materia salarial
El ANC 2012-2014 contiene las recomendaciones de los agentes sociales en materia de incrementos salariales para estos años, en relación a la negociación de convenios a partir de esa fecha (a los convenios que ya están firmados no les afecta esta medida, como es el caso del Convenio del Metal, que prevé una subida del 3,5%). También se recomienda a los negociadores de convenios que tengan pactadas cláusulas de revisión salarial vigentes durante estos tres años, que se planteen la necesidad de adecuarlas a los criterios de moderación salarial que contiene el Acuerdo.
En la práctica, el Acuerdo se traduce en una moderación del incremento de salarios. Así, se recomienda que en 2012 los salarios se incrementen en un 0,5%, y en 2013 en un 0,6%. En cuanto a la cláusula de revisión de estos incrementos iniciales, se recomienda que si la inflación supera el 2% fijado por el BCE, el salario se incremente sólo en el porcentaje que se haya desviado; por lo tanto, se introduce como referente la inflación más baja (española o europea) y, además, en el caso de que el precio del petróleo se incremente en el último año más de un 10%, se detraerán del IPC los carburantes y combustibles. Para 2014, el acuerdo fija una subida entre el 0,6 y el 1,5%, de acuerdo con la evolución del PIB, es decir, de acuerdo con el crecimiento de la riqueza del país.
Por otra parte, los convenios colectivos deberán incluir componentes adicionales de actualización de salarios basados en la evolución de indicadores económicos (salario variable) asociados a la evolución de la empresa (beneficios, ventas, productividad, etc.).
Para facilitarle la consulta del contenido íntegro del Acuerdo, le adjuntamos el documento.
Sra. Jana Callis
Responsable Departamento Relaciones Laborales
Sr. Vicenç González
Director Departamento Jurídico
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DEPARTAMENTO JURÍDICO
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