La protección por cese de actividades de los autónomos es un sistema específico de protección para los trabajadores autónomos que cesen en su actividad.
La protección está supeditada a las dos condiciones específicas siguientes:
A) A la cotización por los trabajadores autónomos de las correspondientes cuotas por accidentes de trabajo, por lo tanto el mencionado porcentaje estará en función de la actividad del trabajador autónomo, más una cuota adicional del 2,2% correspondiente a la protección por cese de la actividad.
B) A la involuntariedad del cese de la actividad por parte del trabajador autónomo.
Todos los REQUISITOS de este sistema en el documento adjunto.